1. OBJETIVO

El objetivo de la presente Política es exponer y mantenerle consciente de los riesgos asociados a la corrupción y de esa forma promover acciones que contribuyan y aseguren una cultura de cumplimiento para que USTED, otros empleados, agentes, proveedores y representantes de REXAMERICA (en adelante REX), podamos desenvolvernos de conformidad con el espíritu y la letra de los principios y leyes anticorrupción universalmente reconocidos.  La presente policita es el marco conceptual único y obligatorio en REX para establecer, revisar y emprender la lucha contra el soborno y demás iniciativas y objetivos relacionados con la corrupción en nuestra industria.

Para revisar la versión de ésta política en formato .pdf, por favor siga éste enlace:

  1. ALCANCE

La presente política aplica a todas las divisiones y en todas las regiones de REX, así como para todos los empleados, agentes y representantes que actúen para o en nombre de REX.  La adhesión estricta a esta política es obligatoria, excepto en la medida en que exista una ley más estricta en el país en el que trabaje.

  1. RESPONSABILIDADES Y AUTORIDADES

 

El acatamiento de la presente política es responsabilidad de todos los empleados, agentes y representantes que actúen en nombre de cualquiera de las empresas que conforman Rex América. Es responsabilidad del Comité Anti-Corrupcion la aplicación de la misma. Asi mismo, El Comité Anti-Corrupcion es el unico autorizado para hacer variaciones a la presente politica.

 

  1. DEFINICIONES, ABREVIATURAS Y FORMAS VERBALES

 

  • DPAC: Declaración de prácticas de anticorrupción
  • ACC: Comité Anti-Corrupción
  • Red Flags: Son señales o signos de alerta.
  • Corrupción: La corrupción es definida por “transparencia internacional” como: El abuso del poder confiado para el beneficio privado. A los efectos de esta política, la corrupción comprende, pero no se limita a, soborno de funcionarios públicos, malversación de fondos, influenciar una negociación, abuso de la función y el enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos, soborno y malversación de fondos en el sector privado, así como el blanqueo de dinero, extorsión y la obstrucción de la justicia. 
  • Soborno: La ofrenda, promesa, dar, aceptar o solicitar una ventaja como incentivo para que una persona actúe o se abstenga de actuar en relación con el desempeño de los deberes de esa persona de manera que es ilegal, no ético o una violación de la confianza.  Los Incentivos/sobornos pueden tomar la forma de regalos, préstamos, honorarios, recompensas u otras ventajas (impuestos, servicios, donaciones, favores, etc.). Un pago dado con el propósito de agilizar una decisión discrecional de un funcionario gubernamental como por ejemplo, la decisión de adjudicar negocios o evitar la inspección, es considerado un soborno.
  • Funcionario gubernamental: cualquier funcionario o empleado de un gobierno extranjero, nacional, local o municipal, ya sea electo o designado que actúe en calidad oficial o ejerza una función pública para o en nombre de cualquier gobierno o su institucionalidad; cualquier funcionario o empleado de una organización internacional pública como la ONU o el Banco Mundial; un miembro de una rama legislativa, juez, funcionario de aduanas o funcionario fiscal; partidos políticos, sus funcionarios y candidatos para cargos públicos y o empleados de empresas comerciales estatales o controladas por el estado.
  • Pagos Facilitadores: Un soborno, también llamado un pago de “facilitación”, hecho para asegurar o agilizar el desempeño de una rutina o una acción necesaria a la que el ordenante tenga derecho legal o de otro tipo. Normalmente es un pago relativamente menor a un funcionario público o a una persona con una función certificadora, con el fin de asegurar o agilizar el desempeño de una rutina o acción necesaria, como la expedición de un visado, permiso de trabajo, despacho de aduana o instalación de un teléfono.
  • Beneficencia y Contribuciones Políticas : Los directores, empleados y agentes de REX deben seguir estrictamente todas las leyes y regulaciones financieras, éticas y de otro tipo incluyendo actividades políticas y el cabildeo. Sin excepción, cualquier participación en actividades relacionadas políticamente por cualquier funcionario o empleado, requiere una comunicación explícita previa ante el ACC y, cuando se considere apropiado, aprobación por escrito por medio de una resolución formal del ACC.  La participación y/o las contribuciones caritativas y filantrópicas están exentas de este requisito siempre y cuando no sean patrocinados, promovidos o relacionados directamente por los partidos políticos y las organizaciones religiosas.  Como ciudadanos privados, todos los empleados y funcionarios pueden participar en actividades políticas y hacer contribuciones siempre y cuando no utilicen la imagen, los recursos o el nombre de REX.  Cuando tenga dudas con respecto a esta o cualquier otra disposición de esta política, póngase en contacto con el ACC o valídelo con su superior inmediato antes de ejecutar cualquier acción.
  • Regalos y Entretenimiento: El intercambio de cortesías de negocios, como regalos, comidas y entretenimiento, es un práctica bien establecida que, cuando se usa apropiadamente, puede ayudar a fortalecer las relaciones existentes, fomentar nuevas oportunidades y expresar respeto y aprecio hacia los clientes y/o socios comerciales. Como regla general, los empleados de REX no deben solicitar regalos de terceras partes.
  • REGALOS, comidas o entretenimiento a funcionarios de gobierno: Son absolutamente prohibidas. Las empresas corren el riesgo de desencadenar sanciones sustentadas en las leyes contra la corrupción cuando sus gastos de mercadeo y entretenimiento cruzan un monto o figura que pudiera caracterizarse como soborno.
  • Terceros: Para efectos de esta Política 912 el término “terceros” se refiere a los clientes, clientes potenciales, proveedores, posibles proveedores y cualquier persona con quien REX hace o pueda hacer negocios.

 

  1. DESCRIPCIÓN

 

Rex América cuenta con una estructura debidamente definida para la debida implementación, supervisión y desarrollo continuo de la presente política, dicha estructura se conforma de la siguiente manera:

 

  • Comité Anti-Corrupción (ACC):

 

  • El Comité Anti-Corrupción, en adelante ACC, es una entidad formalmente constituida por la Junta Directiva de REX.
  • El ACC es el órgano de gobierno cuya única responsabilidad es velar por la adecuada Implementación, supervisión y desarrollo continuo de la Política 912 con el fin de dirigir y coordinar el manejo de incidentes, denuncias, informes e investigaciones relacionados con la Política 912.
  • El ACC está físicamente ubicado en la sede de REX en Costa Rica y sus miembros permanentes son:

 

  • Presidente : Director de Calidad y Riesgo
  • Vice-Presidente : Encargado(a) de Capital Humado
  • Secretario : Departamento Legal

 

 

El ACC informa directamente al Presidente de la Junta Directiva y/o a la Asamblea General de REX y tiene la autoridad, autonomía y recursos suficientes para garantizar que la Política 912 sea implementada y promovida eficazmente.

 

El ACC revisará periódicamente y hará pública una declaración de prácticas de anticorrupción (DPAC) y esta Política 912.  La DPAC está conceptualizada como una ayuda para educar, abogar y promover en nombre de REX, nuestro compromiso con el cumplimiento alineado con leyes y regulaciones presentes y futuras de los países donde llevamos a cabo negocios.

 

  • Campaña de las Naciones Unidas contra la corrupción

 

REX adopta y apoya la campaña de las Naciones Unidas contra la corrupción  según lo mencionado en su página oficial, www.anticorruptionday.org,  y por lo tanto, entre otras iniciativas, cada año REX publicará en su sitio web de REX su declaración oficial de prácticas de anticorrupción (DPAC) haciendo referencia explícita a esta Política 912.

 La DPAC y esta Política 912 son elementos clave en nuestro compromiso de transmitir, habilitar y conducir nuestras operaciones de manera “alineada” con leyes y regulaciones anticorrupción actuales y futuras en los países en donde desarrollamos negocios.

 

  • Declaración de prácticas anti-corrupción (DPAC) del 9 de diciembre, 2020

 

  • La gestión de REX, empleados, agentes y subcontratistas no tolerarán e informarán diligentemente la corrupción en cualquier nivel dentro de la organización.
  • No damos ni recibimos nada de valor que podría incluso parecer influir indebidamente en una decisión de nosotros o de otra persona. Tratar con nuestros clientes, proveedores y reguladores de una manera honesta y directa. 
  • Todas las partes involucradas que actúan en representación de REX deben revisar regularmente esta DPAC, la Política 912 y hacer un esfuerzo para avanzar en sus principios dentro de nuestra esfera de influencia.

 

  • Corrupción

 

La corrupción representa una amenaza significativa para los países de todo el mundo, debilita las instituciones democráticas, contribuye a la inestabilidad gubernamental y erosiona la confianza.  La corrupción amenaza la economía socavando la competencia leal y deprime la inversión y el comercio formal.  Desproporcionadamente afecta a los grupos menos favorecidos previniendo la inclusión social, promueve la desigualdad e inhibe la prosperidad.  La corrupción afecta a todos y puede llevar a:

 

  • Instituciones débiles e injusticia: La corrupción ataca a la fundación de las instituciones democráticas distorsionando los procesos electorales, pervirtiendo el estado de derecho y creando sistemas de gobernanza ineficiente.

 

  • Inseguridad: La corrupción es una amenaza para la seguridad. Puede conducir a la insatisfacción y a la desconfianza en líderes, instituciones públicas y el estado de derecho y finalmente, a espirales de enojo e inquietud. La corrupción facilita el tráfico de drogas, personas y otras formas de crimen organizado, haciendo nuestro mundo más inestable e inseguro.

 

  • Menos prosperidad: La corrupción sofoca el crecimiento económico, la innovación y el desarrollo sostenible. Donde la corrupción es generalizada, se desincentiva la inversión extranjera directa; las empresas son reacias a invertir debido a la competencia distorsionada, el alto costo de hacer negocios y una importante fuente de riesgos legales y “reputacionales” para los actores económicos.

 

  • Menos respeto por los derechos: La corrupción socava la democracia, la gobernanza y los derechos humanos debilitando el estado y las instituciones que son la base de una justicia equitativa y asequible para todos.

 

  • Denegación de servicios básicos: La corrupción desvía los fondos destinados a servicios esenciales como la atención sanitaria, la educación, agua potable, salud y vivienda. Representa un gran obstáculo a la capacidad de un gobierno para cumplir con las necesidades básicas de sus ciudadanos.

 

  • Menos empleo: la corrupción reduce las oportunidades de empleo digno. Cuando las decisiones de empleo no se consideran en el mérito y la equidad, se niegan las oportunidades de los ciudadanos.

 

  • Desastres medioambientales: La corrupción amenaza los recursos no renovables de la tierra. Algunos de los desalentadores problemas medioambientales del mundo son causados por la corrupción.

 

REX no tolera y rechaza activamente cualquier forma de corrupción.  Cumplimos con las leyes anticorrupción que se aplican a la actividad comercial en aquellos países en los que llevamos a cabo negocios. Observamos y promovemos los principios internacionales sobre la anticorrupción, tales como:

 

  • Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
  • Ley de prácticas corruptas extranjeras de los Estados Unidos (“FCPA”). –
  • RESUMEN No-Oficial del FCPA
  • Ley anti-soborno del Reino Unido.
  • Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales (OCDE Convención contra el soborno).
  • Convención de las Naciones Unidas sobre la Esclavitud de 1926
  • Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930.

 

REX prohíbe todas las formas de pagos facilitadores excepto y sólo cuando, exista una amenaza inminente para la salud personal, la seguridad o la libertad siempre y cuando se informe de inmediato y tal sea debidamente documentado. Esto se llama extorsión.

 

  • Aceptar regalos de terceras partes:

 

Los regalos incluyen (pero no se limitan) a:

 

  • Entradas para eventos deportivos, musicales o eventos culturales donde los empleados de REX y los representantes del tercero que proporciona las entradas, no asisten al evento juntos.
  • Mercancía (por ejemplo, canastas de regalo, vino, ropa, tazas, bolígrafos, coleccionables y bolsos de hospitalidad).
  • Viajes o alojamiento no asociados con una conferencia de negocios, reunión o evento de la empresa.
  • Términos o descuentos favorables en un producto o servicio para el beneficio del empleado que no están disponibles de otra manera para todos los empleados de REX.
  • Sujeto a cualquier restricción de la ley local, los empleados pueden aceptar regalos nominales con un valor de mercado combinado de US $75 o menos, de la misma tercera parte por año. La aceptación de regalos individuales superiores a US $75, o múltiples obsequios en un año a partir del mismo tercero que suman más de US $75, deben ser aprobados por medio de una resolución escrita por el ACC.
  • Los regalos en efectivo o equivalentes de efectivo (como tarjetas de regalo, certificados de regalo o “paquetes rojos” ofrecidos habitualmente en Asia) nunca deben ser aceptados.

 

  • Aceptar comidas y entretenimiento de terceras partes:

 

Las comidas y el entretenimiento incluyen (pero no se limitan a):

  • Comidas
  • Entradas para eventos deportivos, musicales o eventos culturales donde los empleados de REX y los representantes del tercero que proporciona las entradas, no asisten al evento juntos.
  • Mercancía (por ejemplo, canastas de regalo, vino, ropa, tazas, bolígrafos, coleccionables y bolsos de hospitalidad).
  • Viajes o alojamiento no asociados con una conferencia de negocios, reunión o evento de la empresa.

 

Los empleados pueden aceptar comidas o entretenimiento proporcionados por terceros solo si se ofrecen con fines comerciales legítimos y que cumplen con las siguientes pautas:

 

  • Es poco frecuente.
  • No se solicita.
  • No se ofrece como dádiva, soborno o pago facilitador.
  • No crea la apariencia (o una obligación implícita) de que el proveedor tiene derecho a un trato preferencial.
  • Es de buen gusto y se realiza en un lugar apropiado para el negocio.
  • Es razonable y apropiado en el contexto de la oportunidad comercial y su posición en REX.

 

Es importante tener en cuenta que el propósito de esta política es evitar conflictos de intereses con REX y evitar situaciones que pueden ser percibidas por otros como un conflicto potencial.  Esto no sólo protege a REX y nuestra reputación al realizar negocios con integridad, sino que también lo protege a usted y a su integridad personal.

 

 

 

 

  • Ofrecer regalos, comidas y entretenimiento a terceras partes:

 

Los empleados de REX pueden ofrecer o proporcionar regalos, comidas o entretenimiento a terceros solo para fines comerciales legítimos, siempre que se cumpla con las siguientes pautas:

 

  • No se ofrece como dádiva, soborno o pago facilitador.
  • No crea la apariencia de deshonestidad.
  • Es de buen gusto y se realiza en un lugar apropiado para el negocio.
  • Es razonable y apropiado para las circunstancias y su posición en REX.
  • Está debidamente documentado en los libros y registros de la empresa.

 

Los regalos en efectivo o equivalentes de efectivo (tarjetas de regalo o certificados de regalo) nunca son apropiados y no se pueden ofrecer.

 

En REX competimos y contratamos bienes y servicios de forma transparente y sustentados únicamente en el mérito y el mejor interés de Rex.

 

Recordar: Los regalos, comidas o entretenimiento a los funcionarios de gobierno están absolutamente prohibidos.  

 

  • Investigaciones y Denuncias de Casos de Corrupción

 

Cualquier persona que identifique corrupción, soborno u otros relacionados, cualquier actividad sospechosa o riesgo, que involucran a REX, debe comunicarlo al ACC por medios escritos, verbales o electrónicos. En caso de duda, la persona dispuesta a presentar un Informe o denuncia podrá hacerlo mediante el siguiente enlace: https://www.rexcargo.com/912policy/.

 

Los miembros del ACC son conscientes de su responsabilidad y por lo tanto han aceptado estar permanentemente disponibles y en disposición para recibir informes cualquier día y en cualquier momento.

 

Idealmente, se debe transmitir la siguiente información con cada informe:

 

  • Los datos de contacto de la persona que hace el informe a menos que esta persona desee permanecer anónima.
  • Dirección o lugar exacto donde se detectó la situación.
  • Descripción detallada de lo sucedido y cuando ocurrió.
  • Personas involucradas.
  • Cualquier otra información relevante.

 

  • Seguimiento a los informes y denuncias

 

Cualquier miembro del ACC que reciba un informe de actividad sospechosa o incidente, debe inmediatamente redactar un informe formal y convocar a una sesión de emergencia de todos los miembros del ACC, a fin de discutir el curso de acción apropiado de acuerdo con los principios de esta política y las facultades aquí otorgadas al ACC. 

El hecho de no documentar y no actuar diligentemente sobre cualquier reporte será considerado una violación de la política de la empresa y puede dar lugar a repercusiones jurídicas contra el miembro del ACC que faltare a sus deberes de acuerdo con esta política. 

Todos los informes y casos activos deben presentarse a la Junta Directiva de REX y por lo tanto, en cada una de las sesiones ordinarias de la Junta Directiva de REX se debe permitir un espacio para la discusión y deliberación de todos los casos que el ACC esté gestionando al momento de la sesión. 

El ACC podrá solicitar en cualquier momento una sesión extraordinaria de la Junta Directiva de REX. 

Todas las quejas escritas recibidas a través del formulario en línea se registran electrónicamente y no se pueden borrar. Esto garantiza que todos los informes serán conocidos y tratados por el ACC y la Junta Directiva de REX.

 

 

  • Requisitos en la Contabilidad

 

Todos los libros, registros y cuentas de REX deben mantenerse con un detalle razonable y exactamente reflejar todas las transacciones y disposiciones de activos. REX prohíbe toda caracterización errónea u omisión de cualquier transacción en los libros contables.

REX prohíbe además cualquier tipo de ingresos falsos o engañosos en sus libros o registros contables.

Prohibimos a los empleados y representantes de la compañía que participen en cualquier arreglo que resulte en ingresos engañosos.

No se pueden establecer fondos o tener activos no divulgados o no registrados.

Ningún ejecutivo está por encima del cumplimiento, ningún empleado por debajo del cumplimiento y ninguna persona dentro de la organización se considera demasiado valiosa para ser disciplinada, si está justificado.

Para directrices anticorrupción en casos de auditorías, detección de infracciones y presentación de informes de libros y/o registros financieros, referirse al documento FI-P-13-CAM “Procedimiento Presupuesto Ordinario y Extraordinario Regional”.

 

  • Relaciones con Terceros

 

En muchos casos, el uso de terceros (agentes, consultores o socios de empresas conjuntas-colectivamente “representantes”) es un elemento esencial para hacer negocios. Los representantes generalmente son retenidos por REX por la experiencia y los servicios que son capaces de proporcionar.  Las prohibiciones de las leyes anticorrupción incluyen la conducta ilegal de los representantes actuando en nombre de REX.

Todos los terceros (agentes, consultores o socios comerciales, colectivamente “representantes”), antes de participar en cualquier operación con REX, deben presentar por escrito ante el departamento legal de REX evidencia de su programa interno anticorrupción y/o completar, firmar y presentar el formulario LE-F-18 “Declaración de Prácticas no Corruptas”. 

La debida diligencia basada en el riesgo es particularmente importante en el caso de terceros y el ACC es responsable de evaluar la efectividad de los procesos para asegurar que la debida diligencia de terceros sea de acuerdo con las siguientes pautas:

 

  • Se deben documentar y entender las calificaciones y asociaciones de los terceros, incluida su reputación comercial y su relación, si la hubiera, con funcionarios extranjeros. El grado de escrutinio debe aumentar conforme vayan emergiendo signos de alerta (red flags).
  • El razonamiento empresarial para incluir al tercero en la transacción debe estar documentado y comprendido. Entre otras cosas, las funciones y la necesidad de incorporar a la tercera parte y garantizar que los términos del contrato describan específicamente los servicios que deben realizarse. Las consideraciones adicionales incluyen las condiciones de pago y la forma en que esas condiciones de pago se comparan con los términos típicos de esa industria y país, así como el cronograma para la introducción del tercero al negocio.
  • Se pueda confirmar y documentar que el tercero está realizando realmente el trabajo para el que se está incorporando y que su compensación es proporcional a la labor que realiza.
  • Quede documentado el seguimiento regular de la relación con el tercero cuando proceda, esto puede incluir la actualización periódica de la debida diligencia, el ejercicio de los derechos de auditoría, la formación periódica y la solicitud de certificaciones anuales de cumplimiento por parte del tercero.

 

  • Consecuencias del Incumplimiento

 

El incumplimiento de las leyes anticorrupción es costoso, consume mucho tiempo y nos distrae de nuestros objetivos comerciales.

Podrían causar que REX como empresa, y sus empleados individualmente, tengan que pagar multas costosas que pudieran aplicar las agencias reguladoras de las leyes anticorrupción concurrentes en diferentes países.  Además de estos y otras cargas financieras que REX pueda sufrir en relación con la mala conducta, los individuos pueden tener que enfrentar acusaciones penales y otras restricciones como resultado de las acciones legales de esos países.

En REX, sujeto a, y en la medida permitida por la ley aplicable, la violación de la política anticorrupción, así como la violación al Código de Ética y otras políticas y procedimientos, puede dar lugar a una acción disciplinaria, incluyendo la terminación del contrato laboral sin responsabilidad patronal.

 

  1. REFERENCIAS

 

FI-P-13–CAM  Procedimiento Presupuesto Ordinario y Extraordinario Regional.

LE-F-18  Declaración de Prácticas no Corruptas.

SACS-SE-P-12 Procedimiento Amenazas, Actividades Sospechosas y Riesgos.

SACS-SE-F-05 Reporte de Amenaza, Actividad Sospechosa o Riesgo.

 

  1. DOCUMENTOS EXTERNOS:

Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción (UNCAC) en una “cáscara de nuez”- https://www.cmi.no/publications/file/3769-uncac-in-a-nutshell.pdf

Guía de recursos de la ley de prácticas corruptas extranjeras de los Estados Unidos (“FCPA”)- https://www.sec.gov/spotlight/fcpa/fcpa-resource-guide.pdf

Guía de inicio rápido de la ley de soborno del Reino Unido- http://www.justice.gov.uk/downloads/legislation/bribery-act-2010-quick-start-guide.pdf

Convención de la organización para la cooperación y el desarrollo económico (OCDE) sobre la lucha contra el soborno de funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales (Convención de la OCDE contra el soborno) buenas prácticas- http://www.oecd.org/daf/anti-bribery/44884389.pdf

Guía de recursos de la ley de transparencia en cadenas de suministro de California- https://oag.ca.gov/sites/all/files/agweb/pdfs/sb657/resource-guide.pdf

Ley de esclavitud moderna del Reino Unido – transparencia en las cadenas de suministro, una guía práctica: https://assets.publishing.service.gov.uk/government/uploads/system/uploads/attachment_data/file/649906/Transparency_in_Supply_Chains_A_Practical_Guide_2017.pdf

  1. CONTROL DE CAMBIOS

 

 

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Puesto

Confeccionado:☒

Corregido por: ☐

Victoria Burgués

24/06/2021

 

Victoria Burgués

Innovación y Desarrollo

Revisado por:

Ing. Davis Chaves Vindas

24/06/2021

 

 

 

Dir. Calidad y Riesgo

Aprobado por:

Alvaro Alpizar Antillón

24/06/2021

 

 

 

Gerente General

Versión

Descripción del Cambio

Fecha

1

Se crea el documento en su primera versión.

 

21/06/2021

 

ANEXOS

 

 No hay.

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